[dropcap]S[/dropcap]e dispone la reglamentación operativa y determinadas flexibilizaciones al reciente ampliación y extensión de la vigencia del  “Régimen fiscal de incentivo para los fabricantes de bienes de capital”   (Dec. 379/2001 y 594/2004 y modif. 96/2020 y 1051/2021 y 209/2022)

📄 Régimen: incentivo para las personas jurídicas fabricantes de bienes de capital
🏭 Sujetos: Sociedades Ley 19.550 y Cooperativas
📝Bienes: según listado anexo 
Solicitud única anual. Plazo: 01 Feb al 30 Abril año siguiente (inscripto año anterior) (NUEVO)

BENEFICIOS
Seguridad Social: reducción de las contribuciones patronales 
Bonos de crédito fiscal (anual, transferibles y apto pago importaciones): 30% al 80% de inversiones (con topes)

REQUISITOS
1️⃣ Facturación: 60% (ultm. 12 meses o promedio anual ultm .36 meses) venta de bienes según LISTADO o servicios vinculados (ant 70%) (NUEVO)
2️⃣ Personal: MiPyMEs, y Sueldos min 7% facturación total (ant 15%) (NUEVO)
3️⃣ Tareas de verificación y control (DNGPI). Pago previo: 3% del beneficio otorgado (NUEVO)

📅 Vigencia: 19/10/2022

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