Se dispone la ampliación y extensión de la vigencia del  “Régimen fiscal de incentivo para los fabricantes de bienes de capital”   (Dec. 379/2001 y 594/2004 y modif. 96/2020 y 1051/2021):

📄 Régimen: incentivo para las personas jurídicas fabricantes de bienes de capital🏭 Sujetos: Sociedades Ley 19.500 y Cooperativas📝Bienes: según listado anexo (depósitos; nuclear; motores y generadores; Industria Ferroviaria, Automotriz y Naviera, Comunicaciones informática. Ver sub partidas de cada NCM) Emisión Bono. Solicitud. Operaciones al 31/12/2021. Plazo: hasta 31/05/2022 (ant 31/03/2022)📆 Vigencia. Nueva fecha: hasta 31/12/2027 (ant 31/12/2021)

REQUISITOS1️⃣ Facturación: 70% (ultm. 12 meses o promedio anual ultm .36 meses) venta de bienes según LISTADO o servicios vinculados2️⃣ Inscripción: MiPyMEs, y Sueldos min 15% facturación total 3️⃣ Establecimiento industrial: radicado en el Territorio Nacional 4️⃣ Trabajadores: min 5 afectados a fabricación bienes5️⃣ Sanciones laborales: no en REPSAL6️⃣ Contribuyente cumplidor: obligaciones fiscales, previsionales y gremiales

BENEFICIOSSeguridad Social: reducción de las contribuciones patronales Bonos de crédito fiscal (anual, transferibles y apto pago importaciones): 30% al 80% de inversiones (con topes)

📅 Vigencia: 01/01/2022 (retroactiva)

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