Se incorpora al “Sistema Único Tributario” a aquellos sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que resulten asimismo alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro y, en su caso, por la contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad que desarrolla (Ley 24.977 y Res. Gral. Cjta. 4263/2018)
Efectos unificados o diferenciales: Categorización, Recategorización y Baja automática. Exclusión de pleno derecho. Ingreso del tributo local
Vigencia: 04/10/2019

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