Se dispone que los contribuyentes Autónomos, Monotributistas y dadores de trabajo de Casas Particulares que hayan adheridos débito directo en cuenta bancaria, respecto a sus obligaciones fiscales mensuales y que luego de verificar tres rechazos consecutivos y de producirse un cuarto (4to) se dejará sin efecto tal modalidad de pago (Res Gral 2.217, 3.693 y 4.309 modif y compl)

👥 Sujetos1️⃣ Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS-Monotributo)👉 Impuesto integrado, previsional y unificado (provincial, de corresponder)2️⃣ Trabajadores Autónomos👉 Ingreso aportes personales3️⃣ Dadores trabajado del Personal de Casas Particulares.👉 Aportes y/o contribuciones previsionales

🏦 Pago mensual. Modalidad: adhesión débito directo en cuenta bancaria (Clave Bancaria Uniforme -CBU-)❌ Rechazos: tres consecutivos (cuenta cerrada o suspendida, falta de fondos, orden de no pagar)📥 Regularización modalidad. Notificación: al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE)👎 Baja automática adhesión: al cuarto rechazo🧐 Fundamentos normativos: costo de comisiones bancarias a ARCA 

📆 Vigencia: 19/11/2025

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