Se dispone la prórroga del plazo de los vencimientos acaecidas entre los días 16 al 22 de septiembre de 2025, del ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado de los agentes de liquidación y/o percepción del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias (Ley 27.541, Dec 380/2001 y modif)
💰 Gravamen: Impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras (Imp al cheque)📍Sujetos: Agentes de liquidación y/o percepción🙋♂️ Operaciones: impuesto propio 16 al 22/09/2025📅 Vencimiento. Nuevo Plazo: hasta 24/09/2025
📅 Vigencia: 17/09/2025