Se disponen los requisitos, plazos y demás condiciones para del pago a cuenta de Contribuciones patronales, para determinados sujetos, del cómputo del impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias (Leyes 25.413, 27.264 y 27.541 y Dec 394/2023)

👨‍💼 Sujetos: Empleadores Microempresas (Ley PyMES)🔑 Sistema registral AFIP: Código 272 🏦 Gravamen: Impuesto al Cheque (Créditos y Débitos en Ctas bancarias y otras)✍ Titularidad cuenta bancaria: idem Empleador Microempresa⛔ Tope: hasta 30%👷‍♂️ Pago a cuenta. Cómputo: Seguridad Social. Contribuciones patronales destino SIPA🔢 Porcentaje: hasta 15%🔎 Imputaciones. Período mensual: mismo mes Impuesto al cheque (percibido) con Contribuciones SIPA (devengadas) 👁 Imputación. Excepcionalidad: Imp. al cheque del 31/07/2023 (percibidas) con Contrib. Patronales Agosto 2023 (devengadas)💻 DDJJ en línea. Totales. Detalle. Campos: "Datos DDJJ", pestaña "Totales generales"a) Contribuciones SIPAb) Contribuciones NO SIPA💰 Saldo total DDJJ. Pago. VEPa) Contribuciones Patronales al SIPA Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-154-019.b) Restantes Contribuciones Patronales -no SIPA- Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-155-019.

📅 Cómputo: Impuesto al cheque desde 31/07/2023 (percibido)📅 Aplicabilidad: Remuneraciones Agosto 2023 a Diciembre 2024 (devengadas)📅 Vigencia: 22/08/2023

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