Se dispone una suba diferencial a determinadas personas humanas tanto en los tramos de la escala del impuesto a las Ganancias como en la deducción especial incrementada (Dec 414/2023 y 415/2023 y Res Grales 2442 y 4003 y modif)
💰 Gravamen: Impuesto a las Ganancias
👷♂️ Sujetos 🎭
1️⃣ Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y otros.
2️⃣ Con retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores.
❌ Deducción especial incrementada. Subas. Haberes brutos:
1️⃣ Hasta $ 700.875: equivalente al impuesto a las Ganancias (ant $506.230)
2️⃣ Más de $ 700.875 a $ 808.341: especial conforme tabla (ant más $506.230 a $583.851)
📆 Periodo fiscal DDJJ 2023. Procedencia: promedio mensual por tramo
📆 Efectos: haberes devengados desde 01/08/2023
💰 Tasas. Escala progresiva. Montos: tramos (9)
📈 Incremento: 35 por ciento
📆 Periodo fiscal: Año 2023 (recálculo desde Enero 2023)
🤑 Retención en exceso año 2023
1️⃣ Devolución: haberes Agosto y Septiembre 2023
2️⃣ Recibo de haberes: concepto “Beneficio Decreto 415/23”
📆 Efectos: periodo fiscal 2023
📅 Vigencia: 11/08/2023
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