Se dispone el procedimiento para la procedencia de las flamantes deducciones en el impuesto a las ganancias de empleados en relación de dependencia, jubilados y otros (Ley 27701 -BO. 01/12/2022-, Dec 18/2023 y Reg Gral 4003/2017 y modif. y ult. 5204/2022)
💰 Gravamen: Impuesto a las Ganancias👷♂️ Sujetos : Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y otros.📣 Deducciones. Educativos y Choferes: nuevas Ley 27701🏫📐 Gastos, herramientas y servicios con fines educativos 📌 Carga de familia📌 Hijos mayores edad y hasta 24 años: 1) cursando estudio (regular o profesional) 2) imposibilidad de sostenimiento independiente 3) ingresos anuales hasta MNI (GNI)📌 Tope: hasta 40% GNI (MNI) (año DDJJ2022: $ 101.025,94)📌 Sistema AFIP. SIRADIG Trabajador: datos de factura y otros🚚🚌 Choferes de larga distancia 📌 CCT: 40/1989 y modif. 📌Tope: hasta cuatro (4) veces incremento GNI (MNI)
📅 Vencimiento. Plazo. SIRADIG AFIP: hasta 31 marzo año siguiente (DDJJ 2022: 31/03/2023)📆 Aplicatoriedad: año fiscal calendario 2022📅 Vigencia: 16/01/2023
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![[05/06/2026] Sumario Boletín Oficial de la Nación](https://tributum.news/wp-content/uploads/2018/10/boletín-oficial-de-la-nacion-min-218x150.jpg)







