Se dispone el procedimiento para consignar en los comprobantes electrónicos que respaldan las operaciones de venta de carne y/o subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies mencionadas, el o los números de aquellos “Remitos Electrónicos Cárnicos” vinculados (Res Grales 4256/2018, 4290, 4291 y modif)

🐮 Sector: Cárnico (bovina/bubalina y porcina)❄ 👩‍🌾 Actividades: Frigorífico/Establecimiento faenador, Usuarios faena, Abastecedor y Consignatarios🥩 Productos: procesamiento de carnes y subproductos 📃 Régimen: "Remito Electrónico Cárnico” (REC)🌐 Excepciones. Cambios: Destino comercio exterior con respaldo documentación aduanera📡 Respaldo operaciones. Incorporación: número de remitos vinculados⁉ Procedimiento. Micrositio: www.afip.gob.ar/actividadesAgropecuarias/sector-pecuario/🔎 Vinculación. Condiciones (concurrentes): 1️⃣ El Receptor del comprobante electrónico coincida con el destinatario de la mercadería trasladada2️⃣ El “REC” a vincular se encuentre aceptado total o parcialmente o, en su caso, emitido y vigente📍 Traslado. Falta de destinatario: información destino definitivo luego 96 hs de vigencia remito 

📅 Vigencia. Emisión: 🤷‍♂️ Optativa: desde 15/11/2022🏁 Obligatoria: desde 15/12/2022

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