Se dispone la operatividad de determinados beneficios del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020, 297/2020, 332/2020 TO , 621/2020 y Dec Adm 1760/2020)
🏭 Sujetos: Empleadores beneficiarios Programa ATP📝 Actividad principal: Turismo, Viajes, Salud, Espectáculos y Asociaciones, Alojamientos, Filmes, Clubes de prácticas deportivas, Espectáculos, Alquileres y otros (críticas) y “listado AFIP” 💰 Beneficios: Salarios complementario, Reducción o postergación pago Contribuciones SIPA y crédito a tasa subsidiada.📆 Periodo: SEPTIEMBRE 2020 (devengado)📅 Solicitud. Plazo: 28/09/2020 al 02/10/2020
📅 Vigencia: 27/09/2020
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![[04/06/2026] Sumario Boletín Oficial de la Nación](https://tributum.news/wp-content/uploads/2018/10/boletín-oficial-de-la-nacion-min-218x150.jpg)







