[dropcap]S[/dropcap]e implementa el "Régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras" en el marco de la Ley de “Solidaridad Social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública” y su reciente ampliación "COVID-19” (Ley 27541 y 27562). Incluye Indice del articulado.
REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES IMPOSITIVAS, ADUANERAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL AMPLIADA 2020
🏭 🏥 🚶♂️ Sujetos: inclusión de todos los contribuyentes y restricciones con activos en el exterior (condiciones diferenciales en planes de pago para no MiPyME)🚶♂️ Pequeño contribuyente: 1) Monotributistas hasta Categ K y PH ingresos hasta $ 1,7 mill. y 2) Demás: bienes hasta$ 20 millones valuación total ISBP)💻 Sistema Registral. Código: "472 - Pequeños Contribuyentes - Ley 27.562"💰 Obligaciones: DDJJ original o rectificativas de tributarias, intereses y sanciones firmes (excepto exclusiones)📆 Deudas: vencidas al 31/07/2020
ADHESION🔑 Sistema: página web AFIP ❌ Anulación: su factibilidad📫 Domicilio Fiscal electrónico: obligatoriedad
⚖ Medidas cautelares trabadas: levantamiento total sin retención alguna⚖ Penal tributaria y Prescripción suspensión e interrupción✔ Intereses. Condonación total: capital abonado al 25/08/2020✔ Multas. Condonación: Obligación formal presentada al 31/10/2020👷♂️ Autónomos. Ganancias. Deducción especial. Cómputo: requisitos
A. COMPENSACIÓN DE OBLIGACIONESSujetos: MiPyME y Entidades civiles sin fines de lucroSaldos. Origen: Libre disponibilidad, Devoluciones, reintegros o reembolsos.🔑 Sistema:"Cuentas Tributarias"
B. CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES MEDIANTE PAGO AL CONTADO🔑 Sistema: "Mis Facilidades"
C. PLANES DE FACILIDADES DE PAGO🔎 Pago a cuenta: 0% al 4% (según sujeto, deuda y mes de consolidación)
CUOTAS🏦 Cantidad: mensuales hasta 60 o 120 (según sujeto, deuda y mes de consolidación)📆 1ra. Vencimiento: 16/12/2020💲 Importe mínimo: $ 1.000🏦 Interés: 1. Vencimiento cuota 1 a 6: 2% mensual2. Vencimiento desde cuota 7: BADLAR (privados)📆 Vencimiento. débito directo en cuenta bancaria: 1er intento: días 16 2do intento: días 26 (automática)Rehabilitación: días 12 mes siguiente (a solicitud) ❌ CADUCIDADES ❌1️⃣ Falta cancelación: 2 a 6 cuotas (según cantidad total) o 60 días posteriores a la última cuota2️⃣ Restricciones patrimoniales: transferencia al exterior o compra en exterior activos financieros (por 24 meses sig)3️⃣ Restricciones patrimoniales (excepto pymes y Entidades): distribución de dividendos o utilidades y compra u$s para determinadas operaciones (por 24 meses sig)
🔑 Sistema: “MIS FACILIDADES”, opción “Regularización Excepcional–Ley N° 27.541❌ Rectificación presentación: improcedencia✔ Re financiación: Obligación: Planes vigentesCuotas. Anticipo. Intereses. Vencimientos: según sujeto y mes de consolidación
RÉGIMEN DE INFORMACIÓN🚶♂️🏭 Sujetos: que adhieran el presente régimen de regularización (¿todos?)📝 Información: socios, accionistas y/o similares, titulares de por lo menos el 30% del capital social y/o similar al 26/08/2020🌐 Sujetos requisito repatriación📝 Información: activos financieros en el exterior al 26/08/2020👨💼 Informe especial Contado Público: razonabilidad, existencia y legitimidad de activos financieros en el exterior💻 Sistema: servicio web “Régimen de Información – Ley N° 27.562”
VIGENCIAS📅 Normativa: 17/09/2020📆 Adhesión: 17/09/2020 al 31/10/2020
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