Se dispone un nuevo período extraordinario sin cómputos de determinados plazos fiscales procedimentales en el marco de la emergencia sanitaria del “Coronavirus COVID-19” con nuevas habilitaciones de feria (Dec 297/2020 y modif , 641/2020, y Res Gral 1983 y modif y Res Gral 4703/2020 y compl 4794/2020 y 4717/2020)

📝 Conceptos alcanzados: Plazos procedimentales AFIP
✔ Requerimientos
✔ Fiscalizaciones
❌ Exclusiones
1️⃣ Vencimientos prestación DDJJ y/o pagos y efectivización de clausura
2️⃣ Fiscalizaciones datos OCDE
3️⃣ Fiscalización, sumarios y D. Of. "Régimen de Precios de Transferencia" (ant ´habilitación´)
📆 Nuevo período: 31/08/2020 al 20/09/2020 (ant 17 al 30/08/2020)

📅 Vigencia: 31/08/2020

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