Se dispone un nuevo período extraordinario  sin cómputos de determinados plazos fiscales procedimentales  en el marco de la emergencia sanitaria del “Coronavirus COVID-19”  (Dec 297/2020 y modif 325/2020355/2020408/2020459/2020493/2020, 520/2020576/2020605/2020 y 641/2020, y Res Gral 1983 y modif )

📝 Conceptos alcanzados: Plazos procedimentales AFIP
✔ Requerimientos
✔ Fiscalizaciones
❌ Exclusiones: Vencimientos prestación DDJJ y/o pagos, efectivización de clausura y fiscalizaciones datos OCDE
📆 Nuevo período: 03 al 16/08/2020 (ant 18/07/2020 al 02/08/2020)

📅 Vigencia: 20/07/2020

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