Se dispone un nuevo período extraordinario sin cómputos de determinados plazos fiscales procedimentales en el marco de la emergencia sanitaria del “Coronavirus COVID-19” (Dec 297/2020 y modif 325/2020, 355/2020, 408/2020, 459/2020, 493/2020, 520/2020, 576/2020, 605/2020 y 641/2020, y Res Gral 1983 y modif )
📝 Conceptos alcanzados: Plazos procedimentales AFIP
✔ Requerimientos
✔ Fiscalizaciones
❌ Exclusiones: Vencimientos prestación DDJJ y/o pagos, efectivización de clausura y fiscalizaciones datos OCDE
📆 Nuevo período: 03 al 16/08/2020 (ant 18/07/2020 al 02/08/2020)
📅 Vigencia: 20/07/2020
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