Se dispone un nuevo período extraordinario  sin cómputos de determinados plazos fiscales procedimentales  en el marco de la emergencia sanitaria del “Coronavirus COVID-19”  (Dec 297/2020 325/2020355/2020 y 408/2020459/2020493/2020, 520/2020 y Res Gral 1983 y modif 4682/20204692/20204695/20204703/2020, 4713/2020 y 4722/2020)

📝 Conceptos alcanzados: Plazos procedimentales AFIP
✔ Requerimientos
✔ Fiscalizaciones
❌ Exclusiones: Vencimientos prestación DDJJ y/o pagos, efectivización de clausura y fiscalizaciones datos OCDE
📆 Nuevo período: 08 al 28/06/2020 (ant 25/05/2020 al 07/06/2020)

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