Se disponen adecuaciones a la factibilidad de realizar determinadas reuniones societarias no presenciales y elección de cargos en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina a causa de las medidas extraordinarias dispuestas por el “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541Dec 260/2020Dec 297/2020 y modf y Res Gral 11/2020)

📌 Entidades: sociedades sujetas a inscripción ante la IGJ

🧑👩‍🦱 Reuniones: órgano de administración o de gobierno.
💻 Modalidad: a distancia
🔎 Condiciones:
✔  Vigencia Emergencia sanitaria: aún no estando previsto en Estatuto Social 
✔  Fin Emergencia sanitaria: sólo si previsto en Estatuto Social 

🧑👩‍🦱Mandatos: miembros de los órganos de gobierno, administración y fiscalización
📆 Vigencia:
 prórroga automática
🔎 Condiciones:
✔  Vigencia Emergencia sanitaria: su validez
✔  Fin Emergencia sanitaria: recomenzar proceso electoral

📅 Vigencia: 27/11/2020

Acceso Exclusivo para suscriptores abonados. Pruebe Gratis por 40 días Tributum Premium - Aquí -

Suscríbase Aquí

Si Ud. ya esta Suscripto por favor ingrese aquí: