Se dispone modificar el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación” con el objetivo de adecuar la nómina de actividades y reflejar correctamente la evolución digital y las nuevas modalidades de negocio (Plataformas digitales, Logística, Cosecha mecánicas productos agropecuarios, Venta de infusiones) (Res Gral 5607/2024 y derogada días después vía 5612/2024)

📍 Sujetos: todos los Contribuyentes
🔎 Actividad económica: identificación fiscal
Padrón: Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES)
📍 Sectores
💻 Digital (y actividades relacionadas)
🚜 Agropecuario (cosecha mecánica y terceros)

LISTADO (indexado)
👉 Gestión electrónica, portales digitales y/o aplicaciones móviles: plataformas, mensajería, crédito por parte de proveedores no financieros, compraventa de bienes mueble, servicios y locación obras, administración, gestión, control y/o procesamiento de cobros y/o pagos
👉 Criptoactivos: validación criptográfica de datos y/o transacciones, locación de poder minado, almacenamiento y custodia, compraventa e intercambio, gestión de transferencias, inversión
👉 Contenido audiovisual digital: creación, edición, producción, difusión y/o publicidad utilizado y/o reproducido a través de redes sociales, aplicaciones tecnológicas y/o plataformas digitales y otras actividades económicas vinculadas a creadores de contenido (incluye “youtuber”, “instagramer”, “blogger”, “influencer”, etc)
👉 Cosecha mecánica: propia o servicios prestados por firmas o personas que contratan mano de obra para la realización de tareas agrícolas
👉 Venta al por mayor: café, té, yerba mate y otras infusiones y especias y condimentos

📆 Vigencia: 22/04/2025
📆 Aplicatoriedad: 01/01/2026
📆 Adecuaciones nuevos códigos. Plazo: 01 al 31/01/2026 (sino re empadronamiento de oficio)

Acceso Exclusivo para suscriptores abonados. Pruebe Gratis por 40 días Tributum Premium - Aquí -

Suscríbase Aquí

Si Ud. ya esta Suscripto por favor ingrese aquí: