El INAES establece obligaciones de identificación, debida diligencia y resguardo de información para determinadas mutuales alcanzadas por el estándar internacional de intercambio automático de información financiera de la OCDE (CRS) y FATCA. La resolución dispone que las mutuales que operen servicios de ayuda económica con fondos provenientes del ahorro de sus asociados deberán: identificar asociados y beneficiarios finales, recopilar datos de residencia fiscal y remitir la información a ARCA conforme los regímenes vigentes.

👥 Sujetos: Mutuales con servicio ayuda económica con ahorra de Asociados🏛️ Organismo contralor: INAES🤝 Régimen: CRS – FATCA – Intercambio automático información financiera🎯 Objetivo: transparencia fiscal y debida diligencia internacional

🌐 Información financiera internacional: acuerdos de intercambio CRS-OCDE-GAFIAplicación estándares: Lavado Activos/Financiación Terrorismo y Financiación Armas y Beneficiarios finales🔎 Identificación:👉 asociados👉 beneficiarios finales👉 controlantes entidades no financieras👮‍♀️ Datos fiscales requeridos:👤 Personas humanas👉 nacionalidad👉 residencia fiscal👉 NIF extranjero👉 domicilio👉 fecha y lugar nacimiento🏢 Jurídicas👉 residencia fiscal👉 NIF extranjero👉 domicilio

📄 Información a ARCA: régimen a reglamentar🔐 Protección datos: Ley 25.326 Protección Datos Personales

📅 Vigencia: 03/06/2026

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