[dropcap]S[/dropcap]e establece que a partir del 26 de Febrero de 2020, la Declaración Jurada del impuesto de Sellos y su correspondiente constancia de pago, reemplazará el sello impuesto por la Dirección Provincial de Rentas en el cuerpo del instrumento al momento de su intervención.

Será constancia suficiente la boleta única de pago debidamente intervenida por el Banco Provincia del Neuquén S.A o el comprobante de pago del VEP (Volante Electrónico de Pago) o aquellos emitidos por los medios habilitados por la Dirección Provincial de Rentas.

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