Se sanciona en fecha 13/08/2020, la "ampliación de la moratoria para paliar los efectos de la pandemia generada por el COVID-19" modificando el “Régimen de regularización de obligaciones tributarias y de Seguridad Social” en el marco de la Ley 27.541 de “Solidaridad Social y Reactivación productiva”

TEMAS💰 Obligaciones vencidas: extensión al 31/07/2020.🏭 Sujetos: inclusión de todos los contribuyentes y restricciones con activos en el exterior (condiciones diferenciales en planes de pago para no MiPyME)🚶‍♂️ Personas humanas (Directores y otros): delegación facultades AFIP para definición de "pequeño contribuyentes"📆 Plazo de adhesión: extensión al 31/10/2020.⚖ Litis con AFIP. Allanamientoefecto automático.👮‍♂️ Penal tributariainclusión de otros actores y efectos deudas ya canceladas.📅 Plan de Facilidades de pago: a) reducción de tasa interés al 2% hasta primeras seis cuotas, b) 1er cuota 16/11/2020 o posteriormente, c) cuotas y caducidad según contribuyenteCausales de caducidad: restricciones para empresa no MiPyME por 24 meses👁 MiPyMEs sin certificado: reformulación con otras condiciones.📅❌ Prescripción periodo fiscal y caducidad de instancia: suspensión de un año para todos los contribuyentes del país

📅 Vigencia: fecha de publicación BO (pendiente)

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