Se disponen diversos beneficios especiales a Personal de Salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020, 459/2020 y 493/2020)
👩⚕️👨🚒👮♂️🚚 Sujetos: Profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada; Personal de las Fuerzas Armadas, Seguridad, Migratoria, Aduanera y Bomberos, recolectores de residuos domiciliarios y de patogénicos.
📆 Período: 01/03/2020 al 30/09/2020
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
📝 Concepto. Remuneraciones: guardias obligatorias, horas extras y específica.
💰❌ Exención: impuesto a las Ganancias.
PENSION GRACIABLES Y VITALICIA PARA LOS FAMILIARES
📝 Concepto: decesos como consecuencia de haber contraído coronavirus COVID-19.
👩👦 Beneficiarios. Derechohabientes: Cónyuge supérstite, Conviviente e Hijos/as solteros/as hasta 21 años de edad.
💰 Beneficio: pensión graciable de carácter vitalicio
📅 Vigencia: 08/06/2020
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