La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria para la actividad mercantil de un un incremento salarial total del 5,7%, que se aplicará en tres tramos durante los meses de julio, agosto y septiembre 2026.

💁 Sector: Empleados de Comercio (CCT 130/1975)
🤝 Acuerdo y Escalas completas: 22/07/2026
1️⃣ Remunerativo escalonado: 5,7% Julio-Sept 2026
🔢 Base: vigente Junio 2026 (básico + No Remunerativos)
👉 1,9% a partir de Julio 2026 
👉 1,9% a partir de Agosto 2026
👉 1,9% a partir de Septiembre 2026
2️⃣ Sumas no remunerativas y recomposición
👉 Prórroga de sumas no remunerativas: $120.000 (incorporación gradual $ 20.000 Dic 2026 a Mayo 2027)
👉 Asignación extraordinaria no remunerativa: $50.000 (pago 50% Julio y 50% Agosto 2026)

🤑 Contribución extraordinaria OSECAC: no previsto

📅 Acuerdo marco. Vigencia: 26/03/2026 (01/04/2026 al 31/03/2031)
🔎 Reunión de revisión: en Octubre 2026 
🤔 Homologación oficial: pendiente

Aumento Empleados de Comercio julio, agosto y septiembre 2026

El incremento del 5,7% se calculará sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT 130/75.

Para determinar la base de cálculo se tomarán los valores expresados para el mes de junio 2026, más las sumas de carácter no remunerativo vigentes a esa fecha.

La suba se abonará de la siguiente manera:

Mes Incremento
Julio 2026 1,9%
Agosto 2026 1,9%
Septiembre 2026 1,9%
Total trimestre 5,7%

Base de cálculo del aumento

El acuerdo establece que el aumento se aplicará sobre las escalas básicas convencionales de junio 2026, adicionando las sumas no remunerativas vigentes a esa fecha.

Este punto es importante para la liquidación porque el porcentaje no se calcula únicamente sobre el básico puro, sino sobre la base definida en el acuerdo.

Por lo tanto, habrá que revisar las escalas de junio y las sumas no remunerativas vigentes para determinar correctamente los nuevos valores.

Qué pasa con los $120.000 no remunerativos

Uno de los puntos centrales del acuerdo es la prórroga de la incorporación al básico de la suma fija no remunerativa de $120.000.

Originalmente, esa suma estaba prevista para incorporarse a las escalas básicas convencionales, pero las partes acordaron diferir su incorporación.

La nueva incorporación será gradual, en seis cuotas de $20.000:

Mes de incorporación al básico Importe
Diciembre 2026 $20.000
Enero 2027 $20.000
Febrero 2027 $20.000
Marzo 2027 $20.000
Abril 2027 $20.000
Mayo 2027 $20.000
Total $120.000

Cómo se liquidan las sumas pendientes

Las sumas no remunerativas pendientes de incorporación deberán liquidarse conforme lo previsto en la cláusula tercera del acuerdo suscripto el 26 de marzo de 2026.

Esto significa que, hasta su incorporación efectiva al básico, deberán seguir tratándose según las condiciones fijadas en el acuerdo anterior.

Para los liquidadores, este punto es clave porque evita incorporar los $120.000 de una sola vez en julio y modifica la forma de proyectar las escalas futuras.
Horario y calendarios

Asignación extraordinaria no remunerativa de $50.000

Además del aumento del 5,7%, las partes pactaron una asignación extraordinaria, por única vez, de carácter no remunerativo y no acumulativo, por un total de $50.000.

El pago se realizará en dos cuotas:

Mes de pago Importe
Julio 2026 $25.000
Agosto 2026 $25.000
Total $50.000

Esta asignación deberá liquidarse junto con los haberes de cada mes.

Vigencia del acuerdo

El acuerdo tiene vigencia desde el 1° de julio de 2026.

Además, las partes asumieron el compromiso de volver a reunirse en el mes de octubre 2026 para analizar las variaciones económicas que pudieran haberse producido.

Revisión en octubre 2026

La cláusula de revisión prevista para octubre será importante para definir la continuidad de la paritaria mercantil.

En esa instancia, FAECyS y las cámaras empresarias deberán evaluar la evolución de los precios, el impacto económico general y la situación salarial del sector.

Hasta entonces, el acuerdo cubre el trimestre julio, agosto y septiembre 2026.
 

Río Grande, Tierra del Fuego

El acuerdo aclara que los incrementos pactados no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego.

Sin perjuicio de ello, las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyen el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

En resumen

  • aumento del 5,7% en tres tramos;
  • 1,9% desde julio, agosto y septiembre;
  • base de cálculo: junio 2026 más sumas no remunerativas vigentes;
  • prórroga de la incorporación de los $120.000;
  • incorporación gradual de $20.000 mensuales desde diciembre 2026 hasta mayo 2027;
  • asignación extraordinaria no remunerativa de $50.000;
  • pago de $25.000 en julio y $25.000 en agosto;
  • revisión paritaria en octubre 2026;

La mencionada suba del 5,7% se abonará de acuerdo al siguiente detalle: 1,9% a partir del mes de julio de 2026; 1,9% a partir del mes de agosto de 2026 y 1,9% a partir del mes de septiembre de 2026.

Acuerdo y Escalas completas

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