Se establece que el incremento en los montos del impuesto sobre los combustibles líquidos será aquel total para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 01/11/2019 (Ley 23.966, 27.430 y Dec. 381/2019 y modif)Naftas y Gas Oil. Cronograma: 1) Nov. 2019 con tope y 2) Dic 2019: incrementos totales.Vigencia: 01/11/2019

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