[dropcap]S[/dropcap]e prorrogan las medidas en relación a determinados  contratos de locación en el marco de las medidas extraordinarias  dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541 y Dec 260/2020, 297/2020, 320/2020 y 766/2020)

📝 Obligaciones: alquileres. 
⚖❌  Desalojos: suspensión. 
📃 ✔ Contratos vencidos desde 20/03/2020: prórroga automática.
Monto: congelamiento valores a Marzo 2020.
💰 Diferencia de valores o Falta de pago. Cuotas ampliación: plan de pago de 3 a 12 cuotas desde Febrero 2021 (ant hasta 6 cuotas) (NUEVO)
📆 Vigencia. Nuevos Plazos: 31/03/2021 (ant 31/01/2021) (NUEVO)

CONTRATOS
🏡🏢🚜Inmuebles: vivienda única urbana o rural; actividades culturales o comunitarias; rurales pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; alquilados por: Monotributistas, profesionales, MiPyMEs y Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas
🏨🛌Habitaciones: en vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.

🚫 EXCEPCIONES 🚫 
✔ Si Locador depende de ingresos del inmueble alquilado
✔ Contratos de arrendamiento y aparcería rural
✔ Contratos de locación temporarios

MEDIACION OBLIGATORIA
📆 Reanudación:
Octubre 2021
🤝 Principio. Partes: aplicación criterio de esfuerzo compartido (NUEVO)

📅 Vigencia: 30/01/2021

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