Se modifica el listado de “jurisdicciones no cooperantes” dispuesto en la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias (Dec 824/219 y modif. 862/2019)
💰 Gravamen: impuesto a las Ganancias
🌐 Intercambio de información fiscal reciproca o CDI: listado de Jurisdicciones no cooperantes.
🔎 Tratamiento diferencial: exenciones, información, alícuotas incrementales, operaciones y su vinculación, entre otros
❌ Listado. Eliminación: Bosnia y Herzegovina, Mongolia, Montenegro, Suazilandia, Tailandia, Jordania, Botsuana, Cabo Verde, Kenia, Liberia, Maldivas, Namibia, Paraguay, Mauritania y Sultanato de Omán.
📅 Aplicatoriedad: períodos fiscales indicados desde 27/01/2023
📅 Vigencia: 27/01/2023
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