Se implementa la factibilidad de diversos destinos del dinero depositado del «Régimen de regularización de activos» (Título II) comprendidas en la «Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes» (Paquete fiscal) de los fondos inmovilizado por un determinado período flexibilización de las recientes Res ministeriales 590/2024 y 914/2024 (Ley 27.743, Dec 608/2024, y Com A 8062, 8079 y 8090)
📄 Régimen: de Regularización de Activos Ley 27.743
🏦 Dinero en efectivo. Depósito obligatorio: inmovilización o inversiones especificas
1️⃣ Hasta u$s 100.000: hasta 30/09/2024
2️⃣ Más de u$s 100.000: hasta 31/12/2025
✔ Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA)
✅ Cambio destino: factibilidad
💳 Tarjeta de débito u otro medio de pago electrónico (misma moneda)
↪ Cuentas comitentes o bancarias o hacia otras cuentas (con seguimiento inversiones AFIP)
🏠 🛠 Compras vía operaciones onerosas (opción hasta u$s 100.000)
🏭 Destino inversiones productivas
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