Se modifica el funcionamiento diferencial del sistema financiero durante el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020 y Dec 297/2020 y Com A 6942)
🏦 Sujetos: Entidades financieras y cambiarias
👌💸 Funcionamiento. Incorporaciones. Acreditación depósito en efectivo:
✔ Cajeros automáticos y autoservicio
✔ Transportadoras de caudales y buzones
✔ Montos mayores efectuados por Supermercados, Farmacias, Transporte, Estaciones de servicios e industria del petroleo.
🎫 Cheques. Compensación electrónica:
🚫 Suspensión: 20 al 25/03/2020 (no cómputo de días por vencimientos)
🏁 Reanudación: a partir 26/03/2020
👩💼👨💼Trabajadores. Presencia física: provisión de materiales de seguridad e higiene.
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