Normas provinciales: novedades 31 de Agosto al 4 de Sept 2020

Resumen y principales aspectos de la normativa provincial de mayor relevancia por jurisdicción a cargo de la Consultora Alaniz-Impuestos provinciales.

📍 Jurisdicciones: Buenos Aires (2), CABA (1), Córdoba (2), Formosa (3), Jujuy (1), Mendoza (1), Río Negro (1),  San Juan (1), San Luis (1) y Tucumán (1).
📆 Período: Agosto. Día 31 al Sept. 4 de 2020

Normas provinciales: novedades 18 al 21 de Agosto 2020

Resumen y principales aspectos de la normativa provincial de mayor relevancia por jurisdicción a cargo de la Consultora Alaniz-Impuestos provinciales.

📍 Jurisdicciones: Convenio Multilateral (2), Buenos Aires (1), Córdoba (2), Entre Ríos (1), Jujuy (1), Río Negro (1), Salta (1), San Juan (2) y Tucumán (2).
📆 Período: Agosto. Días 18 al 21.

Las claves de la nueva moratoria fiscal de Río Negro (RioNegro)

El estado provincial busca ayudar a los contribuyentes a cumplir, en medio del impacto económico que significa el virus.

Normas provinciales: novedades 10 al 14 de Agosto 2020

Resumen y principales aspectos de la normativa provincial de mayor relevancia por jurisdicción a cargo de la Consultora Alaniz-Impuestos provinciales.

📍 Jurisdicciones: Buenos Aires (3), Catamarca (2), Córdoba (1), Chaco (2), Entre Ríos (1), Formosa (1), Mendoza (1), Río Negro (2), Salta (1) y San Juan (1)
📆 Período: Agosto. Días 10 al 14.

Río Negro. Res 661/2020 ART. Covid. Plan Especial. Modificación

[dropcap]S[/dropcap]e excluyen del régimen especial de pago, las deudas que mantengan los agentes de retención y percepción, con excepción de los intereses resarcitorios y el recargo por simple mora , siempre y cuando la deuda no se encuentre en gestión judicial y haya cancelado el capital que da origen a ambos conceptos. Dicho plan podrá efectuase exclusivamente bajo la modalidad presencial.

Río Negro. Res 618/20 ART. Estado de desastre. Emergencia por nevadas. Beneficios Impositivos

Se exime en un cien por ciento, (100 %), a aquellos productores de las actividades ganaderas bovina, ovina y caprina que se encuentren en estado de Desastre Agropecuario y en un cincuenta por ciento (50%), a los que sean declarados en estado de Emergencia Agropecuario afectados por causa de nevadas extraordinarias, del pago de las cuotas 4/2020 a 6/2020 del impuesto Inmobiliario, (inmuebles rurales y subrurales), cuotas 4/2020 a 6/2020 del impuesto a los Automotores.

Normas provinciales: novedades 27 al 31 de Julio 2020

[dropcap]R[/dropcap]esumen y principales aspectos de la [su_highlight background="#f6f220"]normativa provincial de mayor relevancia[/su_highlight] por jurisdicción a cargo de la Consultora Alaniz-Impuestos provinciales.

📍 Jurisdicciones: CABA (3), Córdoba (2), Jujuy (1), Río Negro (3), San Juan (1) y Tucumán (4)
📆 Período: Julio. Días 27 al 31.

Normas provinciales: novedades 20 al 24 de Julio 2020

[dropcap]R[/dropcap]esumen y principales aspectos de la [su_highlight background="#f6f220"]normativa provincial de mayor relevancia[/su_highlight] por jurisdicción a cargo de la Consultora Alaniz-Impuestos provinciales.

📍 Jurisdicciones: Buenos Aires (4), CABA (3), Córdoba (3), Corrientes (2), Chubut (1), Entre Ríos (1), Neuquén (2), Río Negro (1), Santa Cruz (1) y Tucumán (2)
📆 Período: Julio. Días 20 al 24.

RN. RG 543/2020 ART. Covid-19. Sector Turístico. Emergencia económica. Beneficios Tributarios

[dropcap]S[/dropcap]e establece que serán alcanzados por los beneficios tributarios por la emergencia declarada en el sector turístico y comercial de acuerdo al Artículo 1° del Decreto Provincial N° 573/20 los sujetos que desarrollen alguna de las actividades comprendidas en el Anexo I de la Ley N° 5.269 correspondiente al Programa Provincial de Infraestructura y Desarrollo Turístico que sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con Domicilio fiscal en la Provincia de Río Negro (Directos y Convenio Sede RN) y Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral con sede distinta a la Provincia de Río Negro, que desarrollen alguna de las actividades comprendidas en el Anexo I de la Ley N° 5.269 en la Provincia de Río Negro.

RN. RG 592/2020 ART. COVID-19. Procedimiento. Plan de pagos especial.

Los contribuyentes y/o responsables de los impuestos, tasas, contribuciones, multas y demás accesorios cuya recaudación se encuentra a cargo de la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, que mantengan deuda vencida hasta el 30 de junio de 2020, podrán regularizar la misma mediante un plan de facilidades de pago especial a partir del 4 de agosto de 2020.

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