Res Gral 5321/2023. AFIP. Deudas fiscales. Plan de Pagos permanente. Condiciones. Adhesión. Su sustitución
[dropcap]S[/dropcap]e sustituyen diversos regímenes de facilidades de pago ("mini plan" y "permanente") de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras a regularizar (Res. Gral. 4057, 4268/2018 y modif.)
📍 Sujetos: todos los contribuyentes
💰 Obligaciones: impositivas, previsionales, multas, cargos aduaneros
❌ Exclusiones: retenciones, percepciones, anticipos y/o pagos a cuenta. IVA servicios exterior y digitales, Obras Sociales, ART, RENATRE, RENTEA, Cigarrillos, Planes de pago vigentes (excepto fiscas) , RS ISIB, sus intereses y multas (excepto int de capital cancelado)
📆 Régimen: de Facilidades de pago permanente (ant "mini plan" y "permanente")
❌ Rectificativa: imposibilidad
📊 Tipos de planes. Deuda:
A. 1) General, 2) Impuestos anuales, 3) Autónomos y Monotributo, 4) Aduanera y 5) Fiscalizaciones
B. Especiales (emergencias agropecuarias y estado de emergencia y/o desastre)
🔎 CONDICIONES (según tabla) 🔍
📍 Tipos de contribuyentes: Pequeñas, Micro y Pequeñas, Entidades sin fines lucro, Mediana Emp Trmao 1 y 2 y demás
👮♀️ Perfil de cumplimento: I (SIPER A,B y C) o II (SIPER D,E y no categ)
💵 Pago a cuenta: hasta el 35%
🏦 Cantidad máxima de planes: 1 por obligación o mes hasta 10
📆 Cuotas: hasta 36 mensuales
🔢 Tasa financiación: 90% al 100% interés resarcitorio (vigente 5,91% mensual)
📆 Débitos: únicamente vía CBU dia 16 o día 12 mes siguiente (rehabilitación)
👎 Caducidad: falta e pago 1 o 2 cuotas (según plan)
👨⚖️ En discusión administrativa, judicial o ejecución fiscal: particularidades
🙋♀️ADHESION 🙋♂️
📃 Tipo contribuyente: certificado MiPyMe vigente o situación fiscal
✅ CUIT: activa sin limitaciones
📃 DDJJ determinativas: presentadas
📆 PLAZOS:
1️⃣ Impuestos anuales: desde 1er día vto de pago hasta último día quinto mes inmediato siguiente (año 2023) o desde 1er dia sexto mes inmediato siguiente (resto)
2️⃣ IVA Sujetos Mediana Emp T2 y demás contrib.: desde 1er día del 3er mes posterior al vencimiento
💻 Servicio: “Mis Facilidades”, opción “RG 5.321 - Plan de Facilidades de Pago Permanente”,
📆 Vigencia: 01/02/2023
Res Gral 5320/2023. AFIP. IVA. Ganancias. Bienes muebles. Compraventa. Medios de pago electrónicos. Agentes....
Se incrementan los montos y periodicidad en la habitualidad (parámetros) de diversos regímenes: 1) “Registro de Comercializadores de Bienes Usados No Registrables” y 2) Operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios. Medios de pago electrónicos (Res Grales 3411/2012 y 4622/2019 y modif.)
💰 Gravámenes: Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a las Ganancias
📃 Régimen: “Registro de Comercializadores de Bienes Usados No Registrables” y "Medios de pago electrónicos"
📄 Operaciones: Compraventa de bienes usados no registrables o Venta de cosas muebles, servicios y otros con sistema de pago electrónico.
📌 Sujetos: Agentes de retención y percepción
🔎 Alcance. Habitualidad 🔍
1️⃣ En 1 mes: iguales o superiores a 10 (ant 5) e igual o más de $ 200.000 (ant $ 5.000) (NUEVO)
2️⃣ En 4 meses consecutivos: más de $ 200.000 (NUEVO)
🔢 Alícuota aplicable:0,5% al 10,5% según condición fiscal e impuesto
📅 Vigencia: 01/04/2023
Res Gral 5319/2023. AFIP. IVA. Venta cosa mueble, servicios y otros. Plataformas digitales. Agentes....
Se sustituye el régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones de venta de cosas muebles nuevas, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios concertadas y/o perfeccionadas electrónicamente a través de “portales virtuales” por otro aquel a Plataformas virtuales, cambios en alícuotas, incorporación de nuevos agentes de percepción y ampliación de operaciones alcanzadas.
💰 Gravamen: Impuesto al Valor Agregado (IVA)
📃 Régimen: Agentes de percepción (ver nómina)
🌐 Sujetos: titulares y/o administradores de “plataformas digitales”,
🤑 Operaciones. Intermediación: comisión, retribución u honorario
📄 Operaciones: venta de cosa mueble no registrables nuevas y/o usadas y/o resulten locadores y/o prestadores de obras y/o servicio
📌 Alcance: todos los contribuyentes
🔎 Sujetos no categorizados. Operaciones. Habitualidad 🔍
1️⃣ En 1 mes: iguales o superiores a 10 e igual o más de $ 200.000
2️⃣ En 4 meses consecutivos: más de $ 200.000
3️⃣ Uso o consumo personal (no registrable): hasta $ 400.000 + DDJJ excepcional cada dos años
⁉ Situación fiscal vendedor:
1️⃣ Servicio “WebService” “WSRGIVA"
2️⃣ Monotributista: acumulado ingresos causal exclusión (mes en curso + 11 meses anteriores) o precio unitario $ 85.627,66 (año 2023)
🔢 Alícuota aplicable: 1% al 8% según condición fiscal (ver tabla)
💲 Monto mínimo. Resultado: $ 2.000 (total mes)
💸 Carácter y cómputo:
1️⃣ Impuesto ingresado o devolución o compensación (si saldo a favor IVA)
2️⃣ Monotributistas puente RI IVA: su factibilidad
📅 Vigencia: 01/04/2023
Res Gral 5318/2023. AFIP. Monotributo. Recategorización. Enero 2023. Plazo. Prórroga
Se dispone la prórroga de la recategorización semestral estival del Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) (Ley 24977, 27676 y Res Gral 4309/2018 y modif)
🚶♀️ Sujetos: Monotributistas
📈 Categorización. Parámetros: Tabla 2023
📈 📉 Recategorización. Enero 2023. Período: Enero a Diciembre 2022
📆 Efectos: desde 01/02/2023
📆 Plazo. Prórroga: hasta viernes 27/01/2023 (ant 1 al 20/01/2023)
📅 Vigencia: 19/01/2023
Disp 1/2023. SRT. Riesgos del Trabajo. Empleadores. ART. Enfermedades. Suma fija. Suba. Enero 2023....
Se dispone el nuevo valor de la actualización periódica mensual del monto a abonar por riesgos del trabajo con destino al Fondo Fiduciario para Enfermedades Profesionales (Ley 24557, Dec 176/1996, 590/1997 y modif y Res 115/2021,467/2021 y 794/2021 y ult. Disp 8/2022)
🏭 Sujetos: Empleadores Régimen General
📝 Concepto: pago mensual ART
💲 Fondo fines específicos: alícuota ART más suma fija por trabajador
💲 Valor suma fija: $ 183 (ant $ 173)
📅 Período: Enero 2023 (devengado)
🏦 Pago. Vencimiento: Febrero 2023
Res 13/2023. ME. Hidrocarburos. Productoras y terceros. Producción. Incrementos. Divisas. Disponibilidad. Condiciones
[dropcap]S[/dropcap]e aprueban las condiciones generales del "Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo” (RADPIP), “Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Gas Natural” (RADPIGN) y " Régimen de Promoción del Empleo, del Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera (RPEPNIH)” (Dec 277/2022 y 484/2022)
🛢Actividad: Hidrocarburifera
📃 Programas: Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo, del gas y promoción de Proveedores Regionales y Nacionales.
📌 Sujetos: Productoras (explotación) y terceros asociados
📍 Empresas Regionales (terceros): asiento principal del negocio por grupo económico se encuentre sobre la cuenca productiva donde brinde el servicio
📍 Empresas nacionales (terceros): asiento principal del negocio por grupo económico se encuentre por fuera de la cuenca productiva destinataria del servicio, en el territorio nacional.
📈 Objetivo: incrementar la producción
💵 Divisas. Acceso: Mercado único y libre de cambios sin restricciones
💸 Divisas. Destino: importaciones, dividendos o deudas al exterior o transferencia a proveedores directos del beneficiario
🔎 Condiciones: según programa
📅 Vigencia: 16/01/2023
Res Gral 5316/2023. AFIP. Monotributo. Recategorización de oficio. Exclusión de pleno derecho. Disconformidad. Procedimiento...
[dropcap]S[/dropcap]e modifica el procedimiento para la interposición administrativa recursiva contra las decisiones que resuelvan la recategorización de oficio y la exclusión de pleno derecho, del Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) (Ley 24977, 27676 y Res Gral 4309/2018 y modif)
🚶♀️ Sujetos: MONOTRIBUTISTAS
RECATEGORIZACIÓN DE OFICIO POR CONTROLES SISTÉMICOS
❓ Motivos consultas: vía portal web (antes servicio MORE)
😡 Recuso administrativo (74 DR): Presentación
💻 Servicio ‘Presentaciones Digitales’: ‘Recategorización de oficio del Monotributo - Apelación en término’ (antes MOREO)
📆 Plazo: 15 días posteriores notificación (hábiles)
❌ No presentación. Efectos: aceptación tácita
📫 Estado administrativo: notificación al DFE
EXCLUSIÓN DE PLENO DERECHO POR CONTROLES SISTÉMICOS
📣 Notificación: al DFE (ant además publicación de nómina)
❓ Motivos consultas: vía portal web (antes servicio específico)
😡 Recuso administrativo (74 DR): Presentación
💻 Servicio ‘Presentaciones Digitales’: ‘Exclusión de oficio del Monotributo - Apelación en término’ (antes servicio específico)
📆 Plazo: 15 días posteriores notificación (hábiles)
❌ Desistimiento. Oportunidad: si trámite en curso (opción "desistir")
📫 Estado administrativo: notificación al DFE
📅 Vigencia: 17/01/2023
Res Gral 5317/2023. AFIP. Importadores. Blanqueo. Destino. Impuesto especial. Vencimientos. Plazos. Procedimiento
Se dispone la implementación del régimen del flamante "Régimen de Incentivo a la Inversión y Producción Argentina " con la incorporación de contribuyentes Importadores (Ley 27701 y Dec 18/2023)
📃 Régimen: Incentivo a la Inversión y Producción Argentina.
💸 Blanqueo: exteriorización moneda extranjera (tenencia en el país o en el exterior)
🌐 Sujetos: Importadores (residentes al 01/12/2022)
🙋♂️ ADHESION 🙋♀️
💻 Servicio AFIP: "“Incentivo a la Inversión y Producción Argentina - Ley 27.679” (disponible desde 23/01/2023)
📫 Requisito: 1) DFE, 2) Nro celular y 3) Inscripto y habilitado en "Registro Especial Aduanero de Importadores y/o Exportadores"
🏦 Depósito previo: "Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Inversión y Producción Argentina (CEPRO.Ar)”
🎯 Giro de divisas. Destino
✅ Pago de importaciones para consumo o procesos productivos (y servicios) y acreditación si no es usuario final
❌ Impuesto especial o tributos a la importación definitiva para consumo.
💰 DDJJ F. 2077 e impuesto especial: 5% al 20% según fecha de adhesión
Período / Alícuota / Fecha de pago imp. especial. VTO Marzo 2023: Alícuota 5%. Acreditaciones 02/12/2022 al 01/03/2023. VTO. 01/03/2023
Mayo 2023: Alícuota 10%. Acreditaciones 02/03/2023 al 30/05/2023. VTO. 30/05/2023
Noviembre 2023: Alícuota 20%. Acreditaciones 31/05/2023 al 24/11/2023. VTO. 26/11/2023
🔑 Registraciones previas: “Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA)” y el “Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE)”
🙁 Reclamo al fisco. Desistimiento o allanamiento: determinativos y/o actualizaciones
📅 Vigencia: 17/01/2023
Res Gral 5314/2023. AFIP. Ganancias. Empleados. Deducciones. Educación. Choferes. Año calendario 2022. Procedimiento
Se dispone el procedimiento para la procedencia de las flamantes deducciones en el impuesto a las ganancias de empleados en relación de dependencia, jubilados y otros (Ley 27701 -BO. 01/12/2022-, Dec 18/2023 y Reg Gral 4003/2017 y modif. y ult. 5204/2022)
💰 Gravamen: Impuesto a las Ganancias
👷♂️ Sujetos : Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y otros.
📣 Deducciones. Educativos y Choferes: nuevas Ley 27701
🏫📐 Gastos, herramientas y servicios con fines educativos
📌 Carga de familia
📌 Hijos mayores edad y hasta 24 años:
1) cursando estudio (regular o profesional)
2) imposibilidad de sostenimiento independiente
3) ingresos anuales hasta MNI (GNI)
📌 Tope: hasta 40% GNI (MNI) (año DDJJ2022: $ 101.025,94)
📌 Sistema AFIP. SIRADIG Trabajador: datos de factura y otros
🚚🚌 Choferes de larga distancia
📌 CCT: 40/1989 y modif.
📌Tope: hasta cuatro (4) veces incremento GNI (MNI)
📅 Vencimiento. Plazo. SIRADIG AFIP: hasta 31 marzo año siguiente (DDJJ 2022: 31/03/2023)
📆 Aplicatoriedad: año fiscal calendario 2022
📅 Vigencia: 16/01/2023
Res Gral 5315/2023. AFIP. Blanqueo. Inmueble usado. Destino casa habitación. Regímenes de información. Procedimiento
Se dispone el procedimiento y adecuaciones del régimen de "Promoción de las inversiones en la construcción" con la incorporación de inmuebles usados (Leyes 27613, 27701 -BO. 01/12/2022- Dec 244/2021 y Dec 18/2023 y Res Grales 4976/2021 y 4989/2021)
📃 Régimen: incentivo a la construcción federal y la vivienda Blanqueo: exteriorización moneda nacional y extranjera
🏠 Construcción: incorporación inmuebles usados únicamente con destino final casa- habitación (propio o locación)
💻 Servicio AFIP: Régimen Informativo Normalización’
💰 Fondos. adquisición: destino
🏗 Desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios
📌 Código de Registro de Proyecto Inmobiliarios (COPI)
📌 Monto
🏠 Inmuebles usados
📌 Datos del inmueble y titulares vendedores destino fondos
📌 Afectación que se otorgará al inmueble: 1) casa habitación propia o 2) locación destino a casa habitación.
📌 Monto y tope: hasta dos (2) veces tope destino casa habitación año anterior (año 2022: $ 112.821.410,82)
📌 Habitados o afectados previamente a arrendamiento, uso, usufructo, habitación, etc
📌 Destino alquiler (opción): isncipto RELI (sistema AFIP) y destino casa habitación (en contrato)
💻 Regímenes de información. Nuevos datos identificatorios
📌 Transferencia inmuebles (COTI y CITI escribanos): monto, origen bancario y % titularidad
📆 Plazo. Restablecimiento y/o usados: hasta 31/03/2025 o hasta SEIS (6) meses posteriores afectación, el primero
📆 Aplicativo “Régimen Informativo Normalización”. Disponibilidad: desde 01/07/2023
📆 Aplicativo “Transferencia de inmuebles - Informe Escribanos”. Disponibilidad: desde 15/02/2023
📆 Aplicativo “AFIP DGI - CITI ESCRIBANOS - Versión 4.0”. Disponibilidad: desde 01/03/2023
📆 Operaciones anteriores a disponibilidad aplicativos. Consideración: presentación hasta 60 días posteriores (corridos)
📅 Vigencia: 16/01/2023