Res Gral 4602/2019. AFIP. MiPyME. Sistema Registral. Potencial. Criterio fiscal de caracterización. Condiciones
Se modifica y limita la caracterización de “Potencial Micro, Pequeña Mediana Empresa – Tramo I y II”, a fin de acceder a determinadas condiciones especiales en los planes de facilidades de pago, en la aplicación del régimen tributario -tasas diferenciales, exclusión de regímenes de retención y/o percepción, etc- y en otras operatorias para contribuyentes que no cuenten con el Certifcado SePyMe o no están vigentes (Res 220/2019 y Res Gral 4568/2019)
Cambios: 1) A criterio de AFIP resulten asimilables a MiPyMEs, 2) Acceso a beneficios fiscales cuando la AFIP expresamente lo disponga, 3) Condiciones según Tope de facturación y 4) No comprendido en "segmento 11" ("Datos Fiscales" "Sistema Regitral")
Vigencia: 04/10/2019
Res Gral 4603/2019. AFIP. MiPyMes. IVA. Libre disponibilidad. Seguridad Social. Compensación temporal
Se dispone que, temporalmente por 25 días, las Micro o Pequeñas Empresas (MiPyMES) podrán afectar el saldo a favor de libre disponibilidad del IVA a la cancelación de las contribuciones de la Seguridad Social.
Sujetos: inscritos en “Registro de Empresas MiPyMES”
Obligaciones: Reflejadas en "Cuentas Tributarias". IVA libre disponibilidad y Contribuciones Seg. Social Sept 2019 (Cod. 351). Tope: 20%
Procedimiento: Sistema de "Cuentas Tributarias”, opción “Afectación a Seguridad Social”
Solicitudes: del 7/10/2019 al 31/10/2019
Vigencia: 04/10/2019
Res Gral Cjta 4604/2019. AFIP. DPR. Monotributo. Nacional, Provincial y Municipal. Unificación. Río Negro
Se incorpora al “Sistema Único Tributario” a aquellos sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que resulten asimismo alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro y, en su caso, por la contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad que desarrolla (Ley 24.977 y Res. Gral. Cjta. 4263/2018)
Efectos unificados o diferenciales: Categorización, Recategorización y Baja automática. Exclusión de pleno derecho. Ingreso del tributo local
Vigencia: 04/10/2019
Com A 6795. BCRA. Activos y pasivos externos. Relevamiento. Informes. DDJJ. Vencimientos. Plazos
Se modifican los requisitos y condiciones del revelamiento de activos y pasivos externos respecto a los plazos de presentación y sujetos obligados: 1) Disminución de plazos de vencimiento DDJJ Anual 2019 , 2) Obligatoriedad a toda slas personas jurídicas o Humanas a presentar DDJJ trimestrales año 2020, 3) Carácter de DDJJ de información declarada y 4) Plazos presentación y validación de 45 a 18 días (Com A 6401 y modif)
Res Gral 811/2019. CNV. Valores negociables. Cheques de pago diferido y Pagarés. Flexibilización
Se modifican diversos aspectos de la reglamentación en la negociación de: 1) Requisitos de instrumentos negociables, 2) Negociación bajo sistemas de concurrencia de ofertas, 3) Custodia y conservación de los cheques de pago diferido, 4) Implementación de un procedimiento de congelamiento de plaza, 5) Cheques de Pago diferido patrocinados, avalados o directos y 6) Negociación secundaria de pagares
Res Gral 4600/2019. AFIP. Monotributo. Exclusión de pleno derecho. Suspensión
Se suspende hasta el 29/02/2020 el procedimiento sistémico de la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) (Ley 24.977 y Res Grales 4.309 y modif)
Vigencia: 02/10/2019
Res Gral 810/2019. CNV. Exterior y Cambios. Moneda extranjera. Nuevas restricciones
Se dispone que los Agentes de Liquidación y Compensación deberán constatar el cumplimiento del plazo mínimo de permanencia de 5 días hábiles los valores negociables a contar desde la fecha de liquidación de la operación, antes de ser vendidos o transferidos a otras entidades depositarias (Com A BCRA 6799)
Dec 699/2019. ART. Riesgo del Trabajo. Indemnizaciones. Base de calculo. Actualización
Se sustituye la tasa de interés en la fórmula de actualización del “Ingreso Base” a los fines del cálculo de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva, fallecimiento del trabajador u homologación, por la de variación del índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) (Ley 24.557)
Res Gral 4597/2019. AFIP. IVA. Libro de IVA Digital. DDJJ IVA Simplificado. Implementación
Se establece: 1) El "Libro de IVA Digital" como régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones; 2) DDJJ IVA Simplificado y 3) No obligatoriedad de Sujetos obligados "Libro de IVA Digital" al Régimen de información de Compras y Ventas (Res Gral. 3685)
LIBRO DE IVA DIGITAL
Obligados: Inscriptos y Exentos en IVA
Exceptuados: Monotributistas, Sector público, Personal doméstico, Directores societarios y otros, Entidades religiosas, Asociaciones, Fundaciones, Entidades Civiles, Mutuales y Asociaciones Deportivas
Procedimiento:
1) PORTAL IVA: micrositio “Libro de IVA Digital”
2) Periodicidad. Vencimientos: Mensual. Previamente DDJJ IVA
3) Procedimiento electrónico simplificado: a habilitar por AFIP
DDJJ IVA SIMPLIFICADO (opcional)
Alcanzados: Inscriptos en IVA y notificados por AFIP
Procedimiento:
1) Conformidad de datos según "Libro de IVA de digital"
2) Generación DDJJ IVA Form. 2082
3) Disponibilidad: a partir 01/11/2019
APLICATORIEDAD
Octubre 2019: Inscriptos IVA habilitados Presentación simplificada "Libro de IVA Digital" y notificados AFIP
Enero 2020: Inscriptos IVA obligados al "Régimen de Información de Compras y Ventas" y Ventas Año 2018 hasta $ 500.000
Marzo 2020: Ídem anterior con ventas entre 500.000 a $ 2.000.000
Mayo 2020: Ídem anterior con ventas más de $ 2.000.000
Julio 2020: Inscriptos IVA NO obligados al "Régimen de Información de Compras y Ventas" y Exentos en IVA
VIGENCIA: 01/10/2019
Com A 6799. BCRA. Exterior y Cambios. Moneda extranjera. Nuevas restricciones
Se sustituyen y aclaran diversos puntos a las restricciones en el mercado de cambios de moneda extranjera , entre otros: 1) Tenencia mínima por adquisición de títulos valores mediante liquidación moneda extranjera por parte de personas humanas; 2) DDJJ de no venta títulos con liquidación en plazos inferiores a la tenencia mínima y 3) Destino cuenta del titular por transferencia de divisas personas humanas (Com A 6770 y 6776)














