La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires introduce cambios para solicitar la reducción de las alícuotas de los regímenes de recaudación de ingresos brutos.

🤔 ¿Cuáles son los principales cambios?
🔎 Requisitos y Condiciones
📄 Vigencia de los Certificados

Mediante la resolución normativa 26/2025, publicada en el Boletín Oficial bonaerense del día 9 de septiembre, la ARBA actualizó el procedimiento para solicitar la exclusión o reducción de alícuotas de los regímenes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos.
 
La medida, que modifica la resolución normativa (ARBA) 64/2010, busca adecuar el marco normativo a los avances tecnológicos y flexibilizar los requisitos para los contribuyentes que acumulan saldos a favor.
 
¿Cuáles son los principales cambios?
La resolución normativa 26/2025 introduce mejoras que se orientan a un proceso más ágil y transparente, destacándose los siguientes puntos:
 
Ampliación de supuestos de reclamo:
Se incorporan dos nuevos motivos para presentar un reclamo fundado ante la agencia.

Ahora, los contribuyentes que se hayan dado de alta en el impuesto con posterioridad a la confección del padrón vigente o que se hayan adherido al Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos después de la elaboración del mismo, podrán solicitar una revisión.

Esto atiende a una demanda recurrente del sector, ya que anteriormente estos casos solían quedar fuera de los listados, generando retenciones o percepciones indebidas.

Atenuación automática de alícuotas:
La resolución detalla con mayor precisión el mecanismo para que los contribuyentes con saldos a favor puedan solicitar la atenuación de las alícuotas.
 
Se establece una fórmula clara para determinar el beneficio, con el objetivo de que el porcentaje de futuras retenciones y percepciones no exceda el promedio del impuesto declarado por el contribuyente.
 
Digitalización y simplificación:
El texto normativo ratifica la centralidad de la plataforma digital de ARBA.

El procedimiento se inicia a través del sitio web del organismo, con CUIT y CIT, agilizando la carga de datos y la tramitación. La información adicional que pueda ser requerida también se gestionará a través del “Sistema Integral de Reclamos y Consultas” (SIRyC), lo que centraliza la comunicación y evita la necesidad de trámites presenciales.

Periodo de vigencia:
Se mantiene el plazo máximo de 6 meses de vigencia para los certificados de reducción o atenuación.
 

Los agentes de recaudación deberán constatar su autenticidad en la web de ARBA, lo cual brinda mayor seguridad y certeza al sistema.

 
Protección del contribuyente:
La norma aclara que la presentación de una solicitud no obstaculiza el derecho de los contribuyentes a iniciar nuevos trámites si las condiciones cambian.
 

Además, reafirma que el suministro de información falsa o errónea puede acarrear sanciones, reforzando la seriedad y transparencia del proceso.

Fuente: https://www.tg-cq.com/post/buenos-aires-actualiza-el-mecanismo-de-exclusi%C3%B3n-y-reducci%C3%B3n-de-al%C3%ADcuotas-de-recaudaci%C3%B3n-de-ingresos


Descargue Res 26/2025. ARBA