La Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) y la Federación Empresaria Hotelero Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) firmaron un acuerdo complementario que establece nuevos aumentos salariales y una gratificación extraordinaria para los trabajadores del sector, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 389/04.

🏨🍽️ Sector: Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de (CCT 389/004)
🤝 Acuerdo: 07-10/11/2025
👉 Nuevos Salarios Básicos: Oct 2025 a Abril 2026
👉 Gratificación Extraordinaria No Remunerativa: Oct 2025 a Marzo 2025
👉 Otros Aspectos Relevantes: pago Oct hasta el 25/11/2025
Presentación ante el Ministerio de Capital Humano

📆 Vigencia: Paritaria Junio 2025 a Mayo 2026 (2do tramo)
📥 Acuerdo completo: descarga

Puntos Clave del Acuerdo

1. Nuevos Salarios Básicos

El acuerdo establece una nueva escala de salarios básicos conformados, con aumentos escalonados que entran en vigencia en las siguientes fechas:

    • 01 de octubre de 2025
    • 01 de noviembre de 2025
    • 01 de diciembre de 2025
    • 01 de enero de 2026
    • 01 de febrero de 2026
    • 01 de marzo de 2026
    • 01 de abril de 2026
Calendario salarial 2025

Estos nuevos básicos impactarán sobre todos los adicionales convencionales, lo que significa un aumento integral en la remuneración de los trabajadores. Los valores específicos para cada categoría profesional se detallan en las planillas del Anexo I del acuerdo.

2. Gratificación Extraordinaria No Remunerativa

De forma complementaria a los aumentos salariales, se acordó el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa. Este concepto, amparado en el Artículo 6 de la Ley 24.241, tiene las siguientes características:

  • Se abonará en seis cuotas, junto con los haberes de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2025, y enero, febrero y marzo de 2026.
  • Es no remunerativa: no se computa para el cálculo de aportes, contribuciones, indemnizaciones ni cualquier otro concepto salarial.
  • No tiene incidencia en los adicionales.
  • Se identificará en los recibos de sueldo bajo el concepto “Acuerdo Complementario 2025 [Primera a Sexta] Cuota – suma no remunerativa”.

3. Otros Aspectos Relevantes

  • Fecha de Pago Diferencial: Debido a la fecha de firma del acuerdo (noviembre de 2025), los aumentos correspondientes a octubre de 2025 podrán abonarse hasta el 25 de noviembre de 2025.
  • Absorción: Los incrementos acordados absorberán cualquier otro aumento concedido por las empresas a cuenta de esta negociación paritaria.
  • Compromiso de Revisión: Las partes se comprometieron a reunirse en abril de 2026 para analizar la evolución económica y los alcances del presente acuerdo.

Presentación ante el Ministerio de Capital Humano

El acuerdo fue formalmente presentado ante la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano para su homologación, trámite necesario para que sea exigible para todos los empleadores comprendidos en el convenio.

Descargue Acuerdo 22/10/2025