Se establece el uso obligatorio de los comprobantes electrónicos “Liquidación de Compra de Caña de Azúcar” y de "Remito Electrónico para Azúcar, Alcohol y Subproductos", como únicos documentos válidos para respaldar las operaciones de adquisición y traslado de caña de azúcar. 

Vigencia: 11/07/2019. Aplicación: a partir del 01/09/2019.

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