Se dispone la exención del impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias para determinados sujetos y operaciones relacionadas con el pago de propina destinadas a la gratificación de servicio, (Ley 27.541, Dec 380/2001 y modif y Dec 731/2024)
🍽⛽ 📦 Sector: Comercios y/o establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades con costumbre otorgar o recibir propinas u otras a incorporar
📍 Sujetos: Empleadores
🙋♂️Operaciones: opción de cobro de propinas y recompensas para empleados
🔎 Requisitos
1️⃣ Cuenta recaudadora (entidades financieras y otros medios de pago)
2️⃣ Utilizadas exclusivamente en administración y pagos a tales fines
💰 Gravamen: Impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras (Imp al cheque)
🏦 Agentes de retención y percepción: Servicios de cobro a comercios y/o establecimientos Tratamiento: exención
📅 Vigencia: 16/08/2024
📅 Efectos: hechos imponibles desde 13/11/2024
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