Se derogan, a partir de la posición fiscal 09/2020, los impuestos mínimos mensuales y los importes fijos a abonar por los contribuyentes directos del impuesto sobre los ingresos brutos establecidos por la Resolución 278/2017.
Además, se exceptúa de la presentación de declaraciones juradas mensuales a aquellos contribuyentes que desarrollen actividades estacionales y/o temporarias.
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