[dropcap]S[/dropcap]e establece que las entidades que faciliten o administren pagos al exterior por servicios digitales, a favor de sujetos prestadores no residentes en el país, actuarán como agentes de liquidación e ingreso del impuesto sobre los ingresos brutos que corresponda a los prestatarios de tales servicios en su carácter de responsables sustitutos, conforme el procedimiento indicado en la presente resolución.