La Resolución UIF 37/2026 establece la digitalización completa del proceso de registro para los sujetos obligados a prevenir el lavado de activos y otros delitos financieros.
Por www.contadoresenred.com
A través del sistema SRO+, tanto personas humanas como jurídicas deben presentar documentación respaldatoria en formato digital, incluyendo identificaciones, estatutos y declaraciones de beneficiarios finales.
La normativa fija un plazo de 15 días hábiles para corregir cualquier omisión documental antes de proceder al bloqueo de la inscripción y la aplicación de sanciones legales.
La documentación debe presentarse en formato PDF a través del Sistema de Reporte de Operaciones (SRO+). A continuación, se detalla el listado de los requisitos para cada caso:
1. Personas Humanas
Nota dirigida al Presidente de la UIF: Suscripta por el titular o apoderado, que contenga: nombre y apellido, tipo y número de documento, CUIL/CUIT/CDI, domicilio real, teléfono, domicilio electrónico, actividad principal y declaración de si es Persona Expuesta Políticamente (PEP).
Copia del documento de identidad informado en la nota.
Copia de la constancia de CUIL/CUIT/CDI o equivalente.
Copia de la certificación habilitante: Licencia, matrícula o autorización expedida por el organismo o consejo profesional correspondiente, si aplica.
Copia del poder: Solo en caso de que la nota esté firmada por un apoderado.
Certificado de antecedentes penales: Expedido por el Registro Nacional de Reincidencia.
Contratos de fideicomiso: En caso de registrarse como fiduciario, copias de los contratos de fideicomisos activos inscriptos.
2. Personas Jurídicas o Estructuras Jurídicas
Nota suscripta por la máxima autoridad o el Oficial de Cumplimiento: Debe incluir razón social, CUIT/CDI, actividad principal, domicilio real, teléfono y domicilio electrónico.
Datos de autoridades y oficiales en la nota:
Oficial de Cumplimiento (titular y suplente): Datos personales, de contacto y cargo en la administración.
Miembros del órgano de administración: Datos personales, condición de PEP, cargos y fechas de mandato.
Copia del estatuto social o contrato constitutivo: Debe estar actualizado y debidamente inscripto.
Copia de la constancia de CUIT/CDI.
Constancia habilitante para la actividad: Licencia o matrícula otorgada por la autoridad competente, si corresponde.
Actas de designación: Copias de las actas que acrediten a los miembros del órgano de administración y la distribución de cargos (o acto administrativo en organismos públicos).
Designación del Oficial de Cumplimiento: Acta o constancia del órgano decisorio donde conste el nombramiento del titular y suplente.
Declaración jurada de beneficiarios finales: Debe incluir todos los datos identificatorios (DNI, domicilio, participación, PEP, etc.) de quienes posean el control o titularidad.
Certificados de antecedentes penales: Para todos los miembros del órgano de administración y para los beneficiarios finales.
Contratos de fideicomiso: Si la entidad actúa como fiduciario, copias de los contratos de fideicomisos activos.
Además, se imponen obligaciones estrictas para mantener actualizada la información de contacto, el domicilio real o legal (según corresponda), el número de teléfono y dirección de correo electrónico y los datos de los Oficiales de Cumplimiento dentro del plazo de 5 días hábiles de producida la modificación.









