[dropcap]S[/dropcap]e incorpora dentro del Código Fiscal vigente de la Provincia de Salta - como Capítulo sexto del Título segundo del Libro II - la creación de un Régimen simplificado del impuesto a las actividades económicas, de carácter obligatorio, para los pequeños contribuyentes jurisdiccionales de la Provincia de Salta, exceptuando a aquellos contribuyentes del impuesto a las actividades económicas que desarrollen actividades exentas, los que tributarán por el régimen general.

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