[dropcap]S[/dropcap]e establece un régimen especial y transitorio de regularización de deudas provinciales por tributos, regalías mineras, cánones de riego y uso de agua, como así también las que tengan origen laboral, por servicios, por cuotas de préstamos o cualquier otro título o causa, por las que el Estado Provincial, entidades autárquicas, sociedades del Estado y entes residuales resulten ser acreedoras, incluidas las que se encuentren en curso de discusión en sede administrativa o sean objeto de un procedimiento administrativo y/o judicial.

📅 El acogimiento podrá realizarse a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio de 2020.

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