Se prorroga al 01/12/2019 la obligatoriedad de los comprobantes electrónicos “Liquidación de Compra de Caña de Azúcar” y de “Remito Electrónico para Azúcar, Alcohol y Subproductos”, como únicos documentos válidos para respaldar las operaciones de adquisición y traslado de caña de azúcar (Res Gral Cjta 4519/2019)

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