Se establecen los requisitos que deben reunir determinados instrumentos financieros a los fines de la inaplicabilidad de la sobretasa en el impuesto sobre los bienes personales de aquellos situados en el exterior, entre otras opciones (Ley 27.541, Dec 99/2019 y 116/2020)
🌐 Bienes Personales: Activos en el exterior
✔ Exención sobre tasa: repatriación 5% del valor total en entidades financieras del país.
REQUISITOS
🏦 Fondos Común de Inversión:
✔ Abiertos: inversión 75% en activos de Argentina y 25% Mercosur o Chile
✔ Cerrados: inversión 100% en Argentina
🔎 Cuotas partes: clase específica
📅 Vigencia: 10/03/2020
Acceso Exclusivo para suscriptores abonados. Pruebe Gratis por 40 días Tributum Premium - Aquí -
Si Ud. ya esta Suscripto por favor ingrese aquí: