Se sustituye el procedimiento del "Certificado de Trabajo del art. 80 LCT", habilitando opcionalmente su emisión y puesta a disposición en formato electrónico (digital) a través de “Simplificación Registral” y el servicio “Trabajo en Blanco” (Res Grales RG 3676/2014 y 5250/2022)
🏛️ Régimen: Certificado de Trabajo – Art. 80 LCT - Form. 984👥 Sujetos: Empleadores y Trabajadores SIPA
💻 Certificado de Trabajo Digital🆕 Emisión: formato digital (NUEVO)🏢 Empleador: vía “Simplificación Registral”👤 Trabajador: vía “Trabajo en Blanco”
📡 Formatos digital. Requisitos✔️ Emisión electrónica✔️ Sin firma digital obligatoria✔️ Validación por ingreso con Clave Fiscal
📄 Físico (sin cambios sustanciales)🖨️ Impresión por duplicado✍️ Firma empleador/apoderado y trabajador🏢 Entrega en sede empresa
📱 CDIL con QR (NUEVO)🧾 Certificado Digital de Ingresos Laborales: inclusión código QR de validación
📄 Constancia trabajador (sin cambios)👉 consulta situación registral laboral👉 altas / bajas / modificaciones
📬 Buzón observaciones: canal para informar irregularidades laborales
📑 Certificado Servicios y Remuneraciones: vía ANSES
❌ Estado normativo: su derogación total (Res Gral 3676/2014)
📅 Vigencia: 18/05/2026
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![[29/06/2026] Sumario Boletín Oficial de la Nación](https://tributum.news/wp-content/uploads/2018/10/boletín-oficial-de-la-nacion-min-218x150.jpg)








