Se sustituye el procedimiento del "Certificado de Trabajo del art. 80 LCT", habilitando opcionalmente su emisión y puesta a disposición en formato electrónico (digital) a través de “Simplificación Registral” y el servicio “Trabajo en Blanco” (Res Grales RG 3676/2014 y 5250/2022)

🏛️ Régimen: Certificado de Trabajo – Art. 80 LCT -  Form. 984👥 Sujetos: Empleadores y Trabajadores SIPA

💻 Certificado de Trabajo Digital🆕 Emisión: formato digital (NUEVO)🏢 Empleador: vía “Simplificación Registral”👤 Trabajador: vía “Trabajo en Blanco”

📡 Formatos digital. Requisitos✔️ Emisión electrónica✔️ Sin firma digital obligatoria✔️ Validación por ingreso con Clave Fiscal

📄 Físico (sin cambios sustanciales)🖨️ Impresión por duplicado✍️ Firma empleador/apoderado y trabajador🏢 Entrega en sede empresa

📱 CDIL con QR (NUEVO)🧾 Certificado Digital de Ingresos Laborales: inclusión código QR de validación

📄 Constancia trabajador (sin cambios)👉 consulta situación registral laboral👉 altas / bajas / modificaciones

📬 Buzón observaciones: canal para informar irregularidades laborales

📑 Certificado Servicios y Remuneraciones: vía ANSES

Estado normativo: su derogación total (Res Gral 3676/2014)

📅 Vigencia: 18/05/2026

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