Se modifica el régimen informativo de Controladores Fiscales, unificando la periodicidad mensual, modificaciones en el procedimiento la baja y establece plazos diferenciales según el tipo de contribuyente (Res Gral 3561/2013 y modif)

📃 Régimen: Emisión de comprobantes📍Sujetos: Responsables inscriptos, Exentos en IVA y Monotributistas📠 Equipamiento electrónico: “Controladores Fiscales de nueva tecnología"🔎 Reportes. Obligatoriedad (aún sin movimientos)📘 Reporte Cinta Testigo Digital (CTD) – F. 8010📊 Reporte Resumen de Totales – F. 8011📆 Periodicidad: mensual (ant semanales)💻 Presentación vía: “Presentación de DDJJ y Pagos – Controladores Fiscales”, o Webservice “Presentación de DDJJ”📆 Vencimientos. Plazos: según contribuyente1️⃣ Responsables IVA / exentos: hasta día 5 del mes siguiente.2️⃣ Monotributistas (RS): hasta día 7 del mes siguiente.✅ Se permite generar CTD con frecuencia menor, pero presentar todo dentro del plazo mensual.

Baja: procedimiento específico 

📆 Vigencia: 16/12/2025📆 Aplicabilidad: desde reportes Enero 2026

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