Se implementa, para determinado contribuyentes, la obligatoriedad del “Libro de IVA Digital” previamente a la confección de la DDJJ “F2002 IVA por Actividad” (Res Gral 715/1999, 3711/2015 y 4597/2019 y sus modif.)

💰 Gravamen: Impuesto al Valor Agregado (IVA)
📍 Sujetos: Contribuyentes inscriptos en el IVA
👉 Particularidades
1️⃣ Sin datos específicos venta de bienes o servicios 
2️⃣ Vinculadas con empresas o proveedores promovidas, operaciones de exportación, reintegro bienes de capital, reintegro retenciones agropecuarias, Régimen Agropecuario Anual o disminución saldo técnico.
🔎 Débitos fiscales: segregación por actividad
💻 Servicio: “Mis Aplicaciones WEB” /  “F2002 IVA por Actividad”
Datos pre cargados: débitos y créditos fiscal del "Libro de IVA Digital
💻 Libro de IVA Digital (Res Gral 4597/2018 y modif): obligatoriedad previa (NUEVO)
📆 Periodicidad. Vencimientos. Plazos: idem DDJJ mensual IVA
📄 Res Gral 3711/2015: su abrogación (y sustitución)

📅 Vigencia: 25/10/2024
📅 Aplicatoriedad: desde DDJJ IVA Octubre 2024

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