Se dispone el procedimiento para la procedencia de las flamantes deducciones en el impuesto a las ganancias de empleados en relación de dependencia, jubilados y otros (Ley 27701 -BO. 01/12/2022-, Dec 18/2023  y Reg Gral 4003/2017 y modif. y ult. 5204/2022)

💰 Gravamen: Impuesto a las Ganancias
👷‍♂️ Sujetos : Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y otros.
📣 Deducciones. Educativos y Choferes: nuevas Ley 27701
🏫📐 Gastos, herramientas y servicios con fines educativos 
📌 Carga de familia
📌 Hijos mayores edad y hasta 24 años:
1) cursando estudio (regular o profesional)
2) imposibilidad de sostenimiento independiente 
3) ingresos anuales hasta MNI (GNI)
📌 Tope: hasta 40% GNI (MNI) (año DDJJ2022: $ 101.025,94)
📌 Sistema AFIP. SIRADIG Trabajador: datos de factura y otros
🚚🚌 Choferes de larga distancia 
📌 CCT: 40/1989 y modif. 
📌Tope: hasta cuatro (4) veces incremento GNI (MNI) 

📅 Vencimiento. Plazo. SIRADIG AFIP: hasta 31 marzo año siguiente (DDJJ 2022: 31/03/2023)
📆 Aplicatoriedad: año fiscal calendario 2022
📅 Vigencia: 16/01/2023

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