[dropcap]S[/dropcap]e modifica en varios puntos el "Régimen de Precios de transferencia", aplicable a operaciones internacionales y su tratamiento en el impuesto a las Ganancias (LIG, Dec 1170/2018, Res Gral 4717/2020 )
RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE OPERACIONES INTERNACIONALES❌ Información. Dispensa: Estudio precios de Transferencia y Form. 2668🔎 Sujetos. Condiciones1️⃣ Facturación total anual: inferior categoría MiPyME "Mediana tramo 1" y otros 2️⃣ Total transacciones internacionales con vinculadas: hasta 2,5% de Facturación total y otros3️⃣ Entidades exentas LIG4️⃣ Operaciones Impo / Expo con partes independientes: $ 10 millones hasta $ 60 millones🚪 Excluidos: parte de Grupos de Empresas Multinacionales con “Informe País por País” y obligados "Informe Maestro"💻 Servicio: “Presentación de DDJJ y Pagos”. Form. 2672📆 Plazos. Vencimientos: hasta días 23 al 27, 6to mes posterior cierre.🕵️♀️ Facultad AFIP: solicitud "Estudio de Precios de Transferencia" según mercado, generación de riesgo u otras estrategias y operaciones más de $ 3 millones total o $ 300 mil individual
RÉGIMEN GENERAL. CAMBIOS📉 Comparables: Exclusión que reflejen pérdidas operativas (excepto justificación)❌ Obligados EPT. Eliminación: total de operaciones más de $ 30 millones💲 Obligados IM: total ingresos grupo más de $ 4 mill y otros📆 Cierres 31 Dic 2020 al 2021. Plazo. Vencimiento. Prórroga: días 23 al 27 del 9no mes posterior cierre y marco COVID-19✔ Informe Maestro año anterior sin cambios: factibilidad de ratificación
📆 Aplicatoriedad: ejercicios cerrados desde 31/12/2020📅 Vigencia: 18/06/2021
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