[dropcap]S[/dropcap]e implementa el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles” (RELI) para declarados ante la AFIP (Ley 27551)
👨💼 🏭 Sujetos obligados: Locadores, arrendadores, sublocadores o subarrendadores (excepto si estado es parte)🙍♂️ Sujetos voluntarios: intermediarios (en representación) o locatarios o arrendatarios.🏠 🏢 🚜🏬 Contratos alcanzados: a) Locaciones bienes inmuebles urbanos, b) Arrendamientos inmuebles rurales, c) Locaciones temporarias inmuebles -urbanos o rurales- con fines turísticos y de descanso o similares y d) Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles.📃 Tipo: nuevo, modificación y renovación🔑 Servicio: "Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI - CONTRIBUYENTE"📆 Plazo: 15 días corridos posterior a su celebración📆 Plazo. Contratos vigentes desde 01/07/2020 al 31/03/2021: 15/04/2021🔎 Consulta: todas las partes
📅 Vigencia: 01/03/2021
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![[01/06/2026] Sumario Boletín Oficial de la Nación](https://tributum.news/wp-content/uploads/2018/10/boletín-oficial-de-la-nacion-min-218x150.jpg)








