[dropcap]S[/dropcap]e dispone la operatividad de determinados beneficios del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020, 297/2020, 332/2020 y modif. Dec Adm 1954/2020)
🏭 Sujetos: Empleadores beneficiarios Programa ATP
📝 Actividad principal: Criticas y No críticas (ver listado AFIP de 775 actividades al 30/10/2020)
💰 Beneficios: Salarios complementario, Reducción o postergación pago Contribuciones SIPA y crédito a tasa subsidiada.
📆 Periodo: OCTUBRE 2020 (devengado)
📅 Solicitud. Plazo: jueves 29/10/2020 al miércoles 04/11/2020
📅 Vigencia: 28/10/2020
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