Se dispone la reapertura del Registro “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” a los fines que determinados empleadores soliciten retroactivamente los beneficios económicos y previsionales a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 297/2020, 332/2020 y modif., Res Gral 4693/2020 modif y compl. y Dec Adm 1133/2020)
🏭 Sujetos: empleadores en "Registro ATP"
📝 Condición: inicio actividades Empresas inicio Enero a Abril 2019
📆 Salarios y Contribuciones. Período: Mayo 2020 (devengado)
📉 Caída sustancial de ventas: Abril 2020 vrs Dic 2019
🔑 Servicio: “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” (ATP)
💻 📆 Solicitud. Plazo: 30/06/2020 al 03/07/2020
📅 Vigencia: 30/06/2020
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