Se implementa un pago a cuenta adicional en el impuesto sobre los Bienes Personales a determinados contribuyentes (Ley 27.541, Dec 99/2019, 116/2020 y Res Gral 2151 y modif. )
🌐 Sujetos: contribuyentes con bienes en el exterior
💰 Condición: bienes en el exterior DDJJ 2018 y 2019
❌ EXENCIÓN
✔ Condiciones: 1) Haber repatriado 5% ; 2) Declaración de no titularidad de bienes en el exterior entre 31/12/2019 y 31/12/2020. Solicitud: Opción “Eximición pago a cuenta”
💲 Montos. Previsualización AFIP
DDJJ 2019: desde 04/03/2019
DDJJ 2020: desde presentación DDJJ 2019
📆 Vencimientos. Plazos
DDJJ 2019: 4/03/2020 al 01/04/2020
DDJJ 2020: 01/02/2021 al 05/04/2021
📅 Vigencia: 07/02/2020
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