Se prorroga al 01/02/2020 la vigencia de las nuevas condiciones para la emisión de las notas de crédito y/o débito en los diversos regímenes de facturación vigentes (Res Gral 4540/2019)
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Autorizados: Emisores de operaciones originarias.
Conceptos: Descuentos, bonificaciones, quitas, devoluciones, rescisiones, intereses, etc.
Plazo: Quince (15) días corridos desde que surja el hecho o situación que requiera su documentación.